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Para nuestra ley estatal, la violencia familiar no se limita a "golpes". Es el acto de poder u omisión dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial o económica a un miembro de la familia.
Violencia Familiar


El Código Penal de Jalisco reconoce que el daño puede ser de muchas formas, no solo marcas en la piel:
Física: Empujones, jalones, golpes o cualquier acto que cause daño corporal.
Psicológica: Es la más común y difícil de ver. Incluye insultos, humillaciones, amenazas, celos excesivos o indiferencia que dañen la estabilidad mental.
Económica y Patrimonial: Controlar el dinero para manipular, esconder documentos importantes, romper objetos personales o negarse a dar el gasto de manera injustificada.
Sexual: Forzar a la pareja a tener relaciones o actos sexuales sin su consentimiento pleno.
Medidas de Protección (El "Código Violeta"): Antes de que termine el juicio, un juez puede ordenar que el agresor salga de la casa, que no se acerque a la víctima o que la policía municipal haga rondines frecuentes en el domicilio. No necesitas que haya una sentencia para estar protegida/o.
No requiere "huellas": Un error común es pensar que si no hay moretes, no hay delito. Los peritajes psicológicos del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses son prueba suficiente para demostrar la violencia.
Delito de Oficio: En Jalisco, la violencia familiar se persigue de oficio. Esto significa que, una vez que la autoridad tiene conocimiento, la investigación debe seguir adelante incluso si la víctima dice que ya "perdonó" al agresor.






