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Cobro de Documentos

En el mundo de los negocios, existen papeles llamados Títulos de Crédito. Los más comunes son el pagaré, el cheque y la letra de cambio. Estos documentos tienen una característica especial: "se mandan solos". Esto significa que el documento mismo es el derecho a cobrar; si se tiene el papel original firmado, se tiene el derecho a que se pague la cantidad que dice ahí.

¿Cómo funciona el proceso de cobro?

Cuando el deudor se niega a pagar voluntariamente, un abogado inicia lo que se conoce como un Juicio Ejecutivo Mercantil. Este proceso es mucho más rápido que otros juicios por una razón muy poderosa:

1. El "Embargo" al inicio

A diferencia de otros pleitos legales donde hay que esperar años para que un juez dicte sentencia, en el cobro de documentos mercantiles se puede solicitar el embargo de bienes desde el primer día.

  • El actuario del juzgado acompaña al abogado al domicilio del deudor.

  • Se le requiere el pago en ese momento.

  • Si no paga, se señalan bienes (muebles, vehículos, cuentas bancarias) para garantizar que, al final del juicio, haya dinero para cobrar.

2. Los Intereses

Además de la cantidad principal, la ley mercantil permite cobrar intereses. Existen los intereses ordinarios (lo que se pactó por prestar el dinero) y los intereses moratorios (el castigo por no pagar a tiempo). En Guadalajara, los jueces cuidan que estos intereses no sean excesivos o "usureros", pero siempre buscan que el acreedor no pierda dinero.

El documento original es oro: Para cobrar un pagaré o un cheque en los juzgados mercantiles de Ciudad Judicial, es obligatorio presentar el documento original. Si se pierde, el proceso se vuelve mucho más complicado.

Vigencia (Prescripción): Los documentos "caducan". Por ejemplo, un pagaré tiene generalmente un plazo de 3 años después de que venció para poder cobrarse por la vía ejecutiva (la vía rápida). Si se deja pasar más tiempo, el cobro se vuelve muy difícil.

La firma es lo más importante: No importa si el documento se hizo en una hoja de libreta o en un formato de papelería; si tiene la firma del deudor, la cantidad y la fecha, es válido para el cobro.